# Nueva norma del DHS: quiénes pueden pedir la green card como hijos de empleados extranjeros
*El Departamento de Seguridad Interior amplía la categoría a 'empleado de gobierno', pero excluye a trabajadores de embajadas y empresas estatales.*

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- Sección: Política
- Autor: Redacción Contexto Peruano
- Publicado: 2026-09-10T07:13:21.209Z
> El DHS cambia su normativa: amplía el estatus a hijos de 'empleados de gobierno extranjero', pero no incluye personal de embajadas ni empresas estatales. Detalles aquí.

## Las claves

- La norma del DHS amplía la categoría a empleados de gobiernos extranjeros
- Se excluye explícitamente al personal de embajadas y consulados
- Las empresas estatales y organismos internacionales no califican

El Departamento de Seguridad Interior (DHS) de Estados Unidos ha implementado una nueva norma que modifica los criterios para la solicitud de residencia permanente, conocida como 'green card'. Este cambio administrativo busca ajustar las categorías de elegibilidad relacionadas con el estatus diplomático y gubernamental extranjero. La modificación principal consiste en ampliar la definición previa de "funcionario diplomático extranjero" hacia un concepto más amplio: "empleado de gobierno extranjero".

### Alcance limitado de la nueva regulación

Aunque el cambio semántico sugiere una expansión, las especificaciones técnicas establecen límites claros que restringen quiénes pueden acceder a este beneficio. La norma aclara explícitamente que esta ampliación no incluye automáticamente a todos los trabajadores vinculados con misiones diplomáticas o consulares en territorio estadounidense.

Según el texto de la nueva directriz, las categorías excluidas abarcan específicamente al personal laboral de embajadas y consulados. Esta distinción es crucial para evitar interpretaciones erróneas sobre quiénes poseen los requisitos necesarios bajo esta nueva interpretación administrativa del DHS.

### Exclusiones específicas: empresas e organismos

Además de la restricción en el ámbito diplomático, la norma establece exclusiones adicionales que afectan a otros sectores laborales. Los trabajadores vinculados con empresas estatales no califican automáticamente para esta categoría especial. Asimismo, se excluye al personal asociado con organismos internacionales.

Esta delimitación técnica implica que la simple afiliación laboral con entidades de carácter público o internacional en el extranjero no es suficiente por sí misma para obtener el estatus migratorio modificado. La norma requiere una vinculación directa y específica con estructuras gubernamentales extranjeras, excluyendo expresamente a las corporaciones estatales, según informamos en [EE.UU. amplía residencia legal para hijos de diplomáticos](/noticia/eeuu-amplia-residencia-legal-para-hijos-de-diplomaticos).

#### Implicaciones para solicitantes

Para los ciudadanos peruanos o residentes en Estados Unidos que puedan verse afectados por esta normativa, la precisión en el estatus laboral es fundamental. La diferencia entre ser un "funcionario diplomático", un "empleado de gobierno" y personal de una empresa estatal determina si se puede proceder con la solicitud bajo estas nuevas reglas.

La administración del DHS ha optado por una lectura restrictiva que prioriza la definición estricta de empleo gubernamental frente a otras formas de vinculación laboral internacional. Quienes cumplan los criterios actualizados podrán presentar sus solicitudes, mientras que aquellos en las categorías excluidas deberán buscar vías migratorias alternativas no contempladas en esta modificación específica.
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Fuente original: https://contextoperuano.com/noticia/nueva-norma-del-dhs-quienes-pueden-pedir-la-green-card-como-hijos-de-empleados-e