El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) ha declarado la Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional por un plazo de 90 días calendario, tras confirmar un nuevo brote del virus de influenza aviar de alta patogenicidad H5N1. Esta medida se ejecuta después de que las pruebas realizadas por el Centro de Diagnóstico de Sanidad Animal confirmaran la presencia del agente patógeno en aves de corral ubicadas en un predio del distrito de San Vicente de Cañete, región Lima. La resolución jefatural fue publicada tras la detección oficial ocurrida el 6 de julio, estableciendo un marco regulatorio urgente para contener la propagación viral y salvaguardar una industria que representa el suministro principal de proteína animal en la dieta peruana.
Contexto epidemiológico e impacto productivo
La declaración de emergencia responde a la naturaleza biológica del virus H5N1, descrito por la autoridad sanitaria como altamente contagioso y mortal para las aves. El documento oficial señala que el comportamiento epidemiológico del patógeno imposibilita su contención mediante los métodos de manejo habituales, justificando así una intervención extraordinaria. La industria avícola nacional se encuentra en riesgo inminente; sin embargo, esta protección es crítica dado que la producción de pollo y huevo fresco abastece el 70% de la proteína de origen animal consumida por la población peruana. Cualquier interrupción significativa en la cadena productiva tendría implicaciones directas sobre la seguridad alimentaria del país.
Protocolos sanitarios y restricciones obligatorias
Inmediatamente después de la detección, el Senasa dispuso la cuarentena estricta del predio afectado en Cañete, así como el sacrificio sanitario de todas las aves presentes. Se estableció una zona perifocal con restricción total para el traslado de aves y productos avícolas sin certificación sanitaria vigente. Durante los 90 días de vigencia de esta emergencia, se intensificarán las acciones de vigilancia epidemiológica a nivel nacional, con énfasis en la zona epicentro del brote.
La normativa prohíbe expresamente el desarrollo de eventos gallísticos, ferias y exposiciones que impliquen concentraciones de aves en las zonas afectadas. Asimismo, se regula estrictamente la manipulación de animales enfermos o muertos, exigiendo el uso obligatorio de equipos de protección personal (EPP). Los propietarios de granjas avícolas están obligados a cumplir cuarentenas impuestas por la autoridad, reforzar los sistemas de bioseguridad y desinfección en accesos, y reportar inmediatamente cualquier signo clínico o disminución productiva. El incumplimiento de estas disposiciones habilita al Senasa para solicitar el apoyo de la fuerza pública e imponer las sanciones administrativas previstas en la normativa vigente.