El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia de amplio impacto en materia de salud pública al ordenar la suspensión temporal de la venta, distribución y uso de cinco plaguicidas destinados a la producción de alimentos vegetales para el consumo interno. Esta medida cautelar busca proteger los derechos fundamentales de la vida, la salud y un ambiente equilibrado ante riesgos sanitarios evidentes. Simultáneamente, el máximo intérprete de la Constitución declaró un estado de cosas inconstitucional al identificar una falla estructural en el sistema nacional de vigilancia e inocuidad alimentaria.
Desafíos estructurales del control sanitario
La resolución señala que las actuales deficiencias en la coordinación entre el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), los gobiernos regionales y las municipalidades impiden garantizar un control efectivo sobre los residuos de pesticidas. Esta insuficiencia institucional representa un riesgo permanente para la salud pública, requiriendo una respuesta integral por parte del Estado. El Tribunal Constitucional ordenó al Senasa suspender el uso de sustancias activas como clorpirifos, metomil, glifosato, imidacloprid y clothianidin cuando se destinen a cultivos para la población local.
Evidencia científica y doble estándar
El fallo sustenta su decisión en monitoreos oficiales realizados entre 2020 y 2023. Los datos revelan que productos como el tomate, pimiento, ají amarillo, apio, cebollita china y betarraga presentan reiteradamente muestras con niveles de residuos superiores a los Límites Máximos Permitidos (LMR). En 2021, el tomate alcanzó un 77,4% de no conformidad; en análisis recientes, ninguna muestra de pimiento o betarraga cumplió las normas. El magistrado Gutiérrez Tics señaló la existencia de un "doble estándar inaceptable" entre los alimentos exportados y aquellos comercializados internamente.
Reevaluación científica reforzada
La sentencia obliga al Senasa a desarrollar una reevaluación científica basada en evidencia técnica actualizada. Se exige fortalecer la trazabilidad de los alimentos, mejorar el monitoreo de residuos e inmovilizar productos que representen riesgos. La resolución aplica el principio precautorio: ante indicios razonables de daño serio para la salud o el ambiente, las autoridades pueden adoptar medidas preventivas sin esperar certeza científica absoluta sobre el daño irreparable.